El art. 45 del Reglamento (UE) 2025/40 (PPWR) exige a los productores que venden envases o productos envasados en un Estado miembro donde no están establecidos designar allí un representante autorizado para la responsabilidad ampliada del productor (RAP). En diciembre de 2025, la Comisión Europea propuso suspender temporalmente esta obligación para los productores establecidos en la UE (COM(2025) 982 - envases y pilas). Esta semana, ambos colegisladores fijaron sus posiciones.
El 20 de octubre, el Parlamento Europeo adoptó en el pleno su posición en primera lectura: la suspensión se aplica solo a las microempresas y pequeñas empresas de la UE (menos de 50 empleados y como máximo 10 millones de euros de facturación o balance), con carácter temporal, hasta 2035 o hasta la adopción de la futura Ley de Economía Circular.
Al día siguiente, el Consejo acordó su mandato de negociación, con una lógica distinta: la exención cubriría a los productores que comercializan menos de 1 tonelada de envases por año natural en un Estado miembro - umbral calculado por país, no sobre las ventas totales en la UE. El mandato añade una cláusula de salvaguardia (la exención se pierde si se incumplen las obligaciones de RAP) y una cláusula de revisión: la Comisión reevaluará la suspensión antes del 31 de diciembre de 2030, antes de su expiración programada en 2032.
El criterio del Parlamento mira el tamaño de la empresa; el del Consejo, el volumen vendido en cada mercado. Una empresa mediana que vende ocasionalmente pequeñas cantidades en otro Estado miembro quedaría exenta en la versión del Consejo, pero no en la del Parlamento. A la inversa, una pequeña empresa con grandes volúmenes en un solo país se beneficiaría de la versión del Parlamento, pero no del umbral de 1 tonelada. La forma final se decidirá en las negociaciones entre las dos instituciones, anunciadas para empezar lo antes posible.
Hay, sin embargo, algo común a ambas versiones: la carga de la prueba recae en el productor. Gane el criterio que gane, necesitará o bien documentos que acrediten su condición de micro o pequeña empresa, o bien un registro del tonelaje de envases por cada Estado miembro donde vende.
No rescinda sus contratos de representante autorizado: nada está aún en vigor, y la falta de representante puede bloquear sus ventas en el Estado de destino. Empiece, en cambio, a seguir el tonelaje de envases por cada país donde vende: bajo cualquiera de los umbrales, las cifras documentadas por mercado serán la condición de la exención. Y si es una micro o pequeña empresa, tenga a mano los documentos que prueban esa condición.
Circulad'OR presta el servicio de representante autorizado para envases en Rumanía y puede decirle, a partir de sus flujos de ventas, dónde tiene obligaciones de RAP y qué pruebas deberá preparar gane la versión que gane. Y con Yvora, sus datos de envases - materiales, pesos, mercados - están en un solo lugar, listos para declarar. Si vende más allá de las fronteras, escríbanos.
La primera conversación es gratuita: sabrá qué le aplica, hasta cuándo y quién lo hace - usted, nosotros o la aplicación.