← Volver al Blog
EUDR · Blog Circulad'OR

EUDR desde el 30 de diciembre de 2026: café, cacao, madera, caucho - nuevas obligaciones para importadores y comerciantes

Marius Cristian BrînzeaMarius Cristian Brînzea · Managing Partner 16 de septiembre de 20265 min de lectura
En resumenEl 30 de diciembre de 2026, el Reglamento de la UE sobre deforestación (EUDR) pasa a ser aplicable para las grandes y medianas empresas - y la Comisión ha confirmado que no habrá un nuevo aplazamiento. No afecta solo a las empresas del sector de la madera: el café, el cacao, el caucho, la soja, la carne de vacuno y el aceite de palma entran en su ámbito, junto con los productos derivados - desde el chocolate y los muebles hasta los neumáticos. Primer paso práctico: compruebe si algún código NC de su cartera aparece en el anexo I del reglamento.

No es una ley sobre bosques - es una ley sobre su cadena de suministro

El EUDR prohíbe la introducción en el mercado de la Unión (y la exportación desde la Unión) de productos obtenidos en tierras deforestadas o degradadas después del 31 de diciembre de 2020. El reglamento cubre siete materias primas - ganado bovino, cacao, café, aceite de palma, caucho, soja y madera - más una larga lista de productos derivados, identificados por códigos NC en el anexo I.

Para las empresas de Rumanía, esto significa mucho más que las explotaciones forestales: el importador de café verde o tostado, el fabricante de chocolate, el distribuidor de neumáticos, la fábrica de muebles que trae tableros de fuera de la UE - todos están dentro del ámbito. La revisión de diciembre de 2025 trajo una única excepción notable: los productos impresos del capítulo 49 NC (libros, periódicos) quedaron fuera; el papel y el cartón siguen incluidos.

Base legal: Reglamento (UE) 2023/1115 relativo a la comercialización en el mercado de la Unión de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación, modificado por el Reglamento (UE) 2025/2650 (nuevos plazos de aplicación y simplificación de las obligaciones), con sus modificaciones posteriores. Las mercancías y los códigos NC afectados figuran en el anexo I.

Qué debe poder demostrar

El mecanismo central es la diligencia debida: usted recopila información sobre el origen - incluida la geolocalización de las parcelas de las que procede la materia prima -, evalúa el riesgo de deforestación y de ilegalidad y, si el riesgo no es despreciable, lo mitiga. Antes de la introducción en el mercado, el operador presenta una declaración de diligencia debida (DDS) en el sistema informático de la UE y recibe un número de referencia que acompaña a la mercancía aguas abajo.

La revisión ha simplificado notablemente la parte administrativa: la DDS completa la presenta solo el primer operador que introduce el producto en el mercado de la UE; aguas abajo, la obligación es recopilar y conservar los números de referencia de los proveedores durante cinco años. Para el abastecimiento exclusivo desde países clasificados de bajo riesgo se aplica una diligencia debida simplificada, sin evaluación completa del riesgo. Las sanciones, en cambio, no se han relajado: la multa máxima prevista por los Estados miembros debe ser de al menos el 4% del volumen de negocios anual realizado en la UE.

Para recordar: «mi proveedor es de la UE» no le saca del ámbito de aplicación - el reglamento sigue el origen de la materia prima, no la sede del último vendedor. Si el proveedor no puede darle el número de referencia de la DDS, tiene un problema que resolver antes del 30 de diciembre.

El calendario y los primeros pasos

Desde el 30 de diciembre de 2026, el reglamento se aplica a los operadores y comerciantes grandes y medianos; las microempresas y las pequeñas empresas (constituidas hasta el 31 de diciembre de 2024) tienen de plazo hasta el 30 de junio de 2027, con un régimen mucho más simplificado. El sistema informático de la UE ya está abierto - las cuentas se pueden crear y probar desde ahora.

¿Por dónde empezar? Un inventario de los productos por códigos NC, contrastado con el anexo I; después, la definición del rol en cada flujo - operador o comerciante, grande o pequeño - porque del rol depende qué presenta y qué solo conserva; después, las solicitudes a los proveedores de geolocalización y números de referencia. El equipo de Circulad'OR puede hacer este screening de su cartera y construir el procedimiento de diligencia debida junto con usted - escríbanos mientras aún hay tiempo para prepararse, no para las urgencias.

¿Quiere una respuesta para su situación concreta?

La primera conversación es gratuita: sabrá qué le aplica, hasta cuándo y quién lo hace - usted, nosotros o la aplicación.

Escríbanos / Llame al 031 9303 office@circulador.ro