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Sostenibilidad y CSRD · Blog Circulad'OR

La información sobre sostenibilidad, restringida oficialmente: quién sigue obligado y qué derechos ganan los proveedores

Marius Cristian BrînzeaMarius Cristian Brînzea · Managing Partner 16 de octubre de 20263 min de lectura
En breveEl Ministerio de Finanzas publicó el 13 de octubre, en el Boletín Oficial n.º 858, la Orden n.º 1.281/2026, que transpone en Rumanía la directiva europea «Ómnibus» sobre la simplificación de la información sobre sostenibilidad. La obligación se mantiene solo para las empresas con más de 1.000 empleados Y un volumen de negocios neto superior a 2.250 millones de lei: ambas condiciones a la vez. Las empresas que habían entrado en el calendario para los ejercicios 2025-2026 pueden quedar exentas, y los proveedores pequeños reciben, por primera vez, un derecho legal a rechazar los cuestionarios ESG excesivos.

Umbrales nuevos, calendario nuevo

Hasta ahora, el calendario aprobado por la Orden n.º 85/2024 incorporaba gradualmente a la información sobre sostenibilidad a miles de grandes empresas rumanas. La Orden n.º 1.281/2026 cambia la regla básica: solo informan las entidades que superan, al mismo tiempo, una media de 1.000 empleados y un volumen de negocios neto de 2.250 millones de lei (el equivalente del umbral europeo de 450 millones de euros). Los mismos umbrales se aplican a las sociedades matrices, sobre base consolidada.

Los primeros informes con las nuevas reglas se elaboran para los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2027 y, para determinadas categorías, a partir del 1 de enero de 2028. Igual de importante para el presente: las entidades que habían entrado en la obligación según las antiguas reglas pueden quedar exentas para los ejercicios iniciados entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026 si no superan los nuevos umbrales. Dicho de otro modo, muchas empresas que trabajaban ahora en el informe de 2026 pueden parar el reloj, legalmente.

¿Ha salido de la obligación? El mercado sigue pidiéndole datos

La exención legal no detiene las solicitudes comerciales. Minoristas, bancos y clientes corporativos siguen pidiendo datos de sostenibilidad, a través de EcoVadis, CDP o cuestionarios propios. La referencia para esas respuestas pasa a ser la norma voluntaria VSME, concebida precisamente para las empresas fuera de la obligación. El trabajo realizado hasta ahora no se pierde: los datos recogidos para las ESRS se convierten, con poco esfuerzo, en un informe VSME que responde desde una sola fuente a todas las solicitudes.

El escudo de los proveedores: qué pueden rechazar desde ahora

La novedad con efecto inmediato en las relaciones comerciales: los proveedores con un máximo de 1.000 empleados, situados en la cadena de valor de una empresa que informa, pueden negarse a transmitir información que exceda las normas voluntarias. Los clientes no pueden imponer lo contrario por contrato y, si aun así piden más, deben indicar expresamente que el proveedor tiene derecho a negarse. La empresa que informa puede aceptar una declaración responsable del proveedor y dispone de una transición de tres años en la que puede explicar los datos que falten y usar estimaciones.

A retener:
Base jurídica: Orden del ministro de Finanzas n.º 1.281/2026 relativa a la simplificación de la información sobre sostenibilidad (Boletín Oficial rumano n.º 858 de 13 de octubre de 2026); Directiva (UE) 2026/470 («Ómnibus I»); Orden MF n.º 85/2024 y Normativa contable aprobada por la Orden MFP n.º 1.802/2014, en su versión modificada; Directiva (UE) 2022/2464 (CSRD).

Qué hacemos nosotros

Circulad'OR puede decirle, en una sola conversación, dónde se sitúa respecto a los nuevos umbrales y qué queda por hacer: información obligatoria, información voluntaria VSME o solo respuestas puntuales a clientes y bancos. Para las empresas que eligen la vía voluntaria, preparamos la transición a VSME, y la futura Yvora CSRD Suite convertirá la recogida de datos en un proceso que funciona solo, no en una carga anual. Escríbanos.

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