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Sostenibilidad y CSRD · Blog Circulad'OR

ESRS simplificadas y norma voluntaria publicadas en el Diario Oficial: la referencia de la que depende su informe de 2026 y 2027

Marius Cristian BrînzeaMarius Cristian Brînzea · Managing Partner 22 de septiembre de 20263 min de lectura
En breveEl 21 de septiembre de 2026, tras concluir el periodo de control del Parlamento Europeo y del Consejo, se publicaron en el Diario Oficial de la UE los dos actos que cierran la reforma de la información sobre sostenibilidad: el Reglamento Delegado (UE) 2026/1563 -las ESRS simplificadas- y el Reglamento Delegado (UE) 2026/1560 -la norma voluntaria para las empresas fuera de la CSRD, basada en VSME-. Las nuevas ESRS se aplican obligatoriamente a los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2027; para el ejercicio 2026 su aplicación es opcional.

Qué se ha publicado, en concreto

El Reglamento Delegado (UE) 2026/1563 modifica el Reglamento Delegado (UE) 2023/2772, es decir, el conjunto de ESRS que utilizan las empresas sujetas a la CSRD. Las versiones publicadas ahora son idénticas a las adoptadas por la Comisión el 3 de julio de 2026: ningún punto de datos ha cambiado desde entonces, por lo que los preparativos iniciados sobre los textos de julio siguen siendo válidos. La dirección de la simplificación: menos puntos de datos obligatorios, prioridad a la información cuantitativa frente a la narrativa, una distinción clara entre lo obligatorio y lo voluntario y reglas más claras para el análisis de materialidad.

El segundo acto, el Reglamento Delegado (UE) 2026/1560, convierte la norma voluntaria basada en VSME en acto oficial de la UE: la norma de información para las empresas que no entran en la CSRD pero reciben solicitudes de datos ESG de grandes clientes o bancos.

Quién informa y cuándo

Tras la Directiva Ómnibus -Directiva (UE) 2026/470-, la obligación de la CSRD queda, en esencia, en las grandes empresas con más de 1.000 empleados y 450 millones de euros de volumen de negocios neto. Para ellas, los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2027 se informan obligatoriamente con las ESRS simplificadas. Para el ejercicio 2026, las empresas que informan deben elegir: seguir con las antiguas ESRS (con las facilidades transitorias) o pasar anticipadamente a las nuevas, con la obligación de indicar en el informe qué versión han aplicado. La elección no es cosmética: duplica o reduce el esfuerzo de recogida de datos, así que conviene decidirla ahora, no al cierre del ejercicio.

Para las empresas rumanas que han salido del ámbito de la CSRD por el Ómnibus -la mayoría de las que se habían preparado para informar- la relevancia es otra: la norma voluntaria se convierte en el techo de la cadena de valor. Los grandes socios sujetos a la CSRD no pueden, por regla general, pedir a los proveedores fuera del ámbito más información de la que prevé esta norma. Los cuestionarios ESG recibidos de minoristas y bancos tienen ahora un límite oficial, y un informe voluntario elaborado según esta norma responde con un solo documento a todas las solicitudes.

A retener:
Base jurídica: Reglamento Delegado (UE) 2026/1563 y Reglamento Delegado (UE) 2026/1560, publicados en el Diario Oficial de la UE de 21 de septiembre de 2026; Directiva 2013/34/UE y Directiva (UE) 2022/2464 (CSRD), en su versión modificada, incluida la Directiva (UE) 2026/470 (Ómnibus).

Qué hacemos nosotros

En Circulad'OR preparamos a las empresas para ambas situaciones: el análisis de las diferencias entre las antiguas y las nuevas ESRS para quienes siguen bajo la CSRD, y la estructuración de la información voluntaria según VSME para quienes responden a las solicitudes de la cadena de valor. Con la adopción oficial de la norma voluntaria, preparamos también Yvora CSRD Suite, nuestra herramienta digital para informar según las nuevas normas. Si quiere saber dónde se encuentra -dentro del ámbito, fuera o en algún punto intermedio-, escríbanos.

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La primera conversación es gratuita: sabrá qué le aplica, hasta cuándo y quién lo hace - usted, nosotros o la aplicación.

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